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¿Qué es la "Ley Vaso de Agua", y por qué podría ser una carga para los empleadores?
Un vaso de agua no se le niega a nadie. La realidad es que el acceso al agua es un derecho humano, por lo que no debería existir una obligación legal para que las empresas provean dicha necesidad a los colaboradores, sin embargo esto está a punto de cambiar.
El Senado de la República impulsa una iniciativa con la cual busca que los empleadores estén obligados a brindar agua potable a sus colaboradores, ya que es una necesidad indispensable para el ser humano. Esta iniciativa es planteada en medio de una crisis hídrica en México, pero forma parte de un paquete de reformas que buscan mejorar la calidad de vida de los trabajadores, pero ¿es ésto una oportunidad o una carga para las empresas?
El especialista Carlos Ferrán afirmó ante el periódica El Economista que “cualquier cosa que sea para mejorar la seguridad y la zona de trabajo, merece la pena ser analizada. Pocas cosas puedo pensar más importantes que el agua”. Desde su perspectiva, este tipo de propuestas deben llevar consigo un trabajo de estructura, en el cual se hagan proyecciones y se establezcan distintos escenarios para las empresas del país, sobre todo para las pequeñas y medianas empresas. “Yo creo que hay que ser responsables, no nada más de los cómo, sino del cuándo, saber si este es el momento para ahora poner una nueva obligación que, reitero, habría que ver primero su viabilidad, pero sí hay que ver la pertinencia" considera Ferrán.
La propuesta sobre la “Ley Vaso de Agua” tiene como principales objetivos los siguientes:
- Mejorar la salud de los trabajadores: Asegurando una adecuada hidratación, previniendo problemas de salud relacionados con la deshidratación, como fatiga y disminución del rendimiento físico y mental.
- Fomentar el consumo de agua simple: Al facilitar el acceso al agua potable se incentiva a los trabajadores a optar por agua en lugar de bebidas azucaradas o carbonatadas, contribuyendo a generar hábitos más saludables.
- Incrementar la productividad: Una buena hidratación logra que las personas tengan mayor concentración, y por ende un mejor desempeño laboral.
Actualmente, la Ley Federal del Trabajo contempla la provisión de agua potable obligatoria únicamente para los trabajadores del campo. La “Ley Vaso de Agua” busca extender este derecho a todos los colaboradores, independientemente de su sector laboral, asegurando condiciones de trabajo más equitativas y saludables para todos.
Por ahora, la iniciativa se encuentra en revisión, y corresponderá al Congreso su correcta redacción e implementación en la Ley en caso de ser aprobada.
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¿Se suman tus deudas? Cuando pueden embargarte conforme a la ley
Mantener un orden entre los activos y pasivos es una actividad prácticamente obligatoria para todas las personas, pero a veces un desliz puede traer más que un dolor de cabeza. La pregunta es ¿qué pasa si dejas de pagar una deuda? En primer lugar, tu historial crediticio puede sufrir afectaciones; en segundo, serás buscado para que liquidez tus deudas; tercero, es que podrías perder parte de tu patrimonio, únicamente en caso de embargo.
En México, las instituciones bancarias reportaron que la cartera vencida de créditos correspondiente a hogares, al cierre de enero pasado llegó a ochenta y ocho mil seiscientos seis millones de pesos, ésto es un 10.8% mayor a lo manifestado un año previo, de acuerdo con los datos proporcionados por el Banco de México. Lo anterior refleja que hay más personas que no están atendiendo sus compromisos de pago, ya se ante sus deudas con la tarjeta de crédito, créditos de nómina, personales o hasta de vivienda.
De acuerdo con la CONDUSEF, en el primer bimestre del año las quejas por parte de usuarios en contra de las acciones de despachos de cobranza incrementaron en un 61.3%, con respecto al mismo periodo del año pasado. Esto se debe a que muchas personas, instituciones de crédito y/o tiendas departamentales acuden a técnicas poco ortodoxas para buscar recuperar ciertas cantidades de dinero, normalmente provocando miedo en los deudores, siendo una práctica no agradable y por supuesto no respaldada por la ley.
Cuando se tiene una deuda y se deja de pagar, la parte acreedora, a quien le debes dinero, tiene derecho a buscar que le pagues lo que te prestó y para ello existen dos mecanismos, uno que es fuera de juicio y otro por medio de las instituciones de justicia del país. La cobranza fuera de juicio no representa costos administrativos, ya que le encargan el asunto a un despacho de cobranza, y ellos se encargan de localizar a los deudores y llegar a convenios de pago con ellos.
Desafortunadamente, algunos despachos de cobranza mandan documentos intimidatorios para presionar a las personas para que paguen, amenazando que serán embargados, sin un procedimiento judicial existente que respalde la emisión de dichos documentos. Pero ¿es ésto cobranza judicial? Si no atiendes tus compromisos de pago existen casos donde sí te pueden embargar a ti o a tu aval, siempre y cuando haya una resolución judicial emitida como consecuencia de un juicio.
Una vez que se recibe una demanda por la falta de pago de un crédito, se inicia un proceso judicial que tiene diferentes etapas. En la primera etapa, el juez notificará al demandado, que es la persona deudora, para que en un plazo determinado comparezca ante él para defenderse; después se presentan pruebas en una audiencia y habrá alegatos; posteriormente, se dictará una sentencia de primera instancia y dependiendo del tipo de procedimiento que se haya definido, habrá una fase de apelación, siendo la última instancia un juicio de amparo ante los tribunales colegiados.
Lo cierto es que, lo mejor es pagar a tiempo para evitar llegar a la cobranza judicial. En caso de que ya no puedas pagar tus deudas puedes buscar llegar a un acuerdo con las instituciones financieras, y así poder liquidar tu deuda. Incluso, algunas tienen procesos de reestructuración de deuda y consolidación de deuda.
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Avanza reforma en el Senado para crear premisos laborales por luto
La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República aprobó por unanimidad de votos, el proyecto de reforma referente a la creación de permisos por luto en el trabajo, bajo el cual los trabajadores tendrán derecho a un periodo de cinco días libres remunerados tras el fallecimiento de un familiar. El proyecto sólo espera su aval por parte de la Comisión de Estudios Legislativos para después continuar su discusión en el pleno de la Cámara Alta.
El dictamen avalado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social busca incorporar a la Ley Federal del Trabajo (“LFT”) y a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (“LFTSE”) un permiso por luto equivalente a cinco días con goce íntegro de sueldo, en caso de muerte de algún familiar en primer grado de línea directa. Se trata de un derecho laboral reconocido en economías de Latinoamérica como Bolivia (3 días), Perú (5 días), Colombia (5 días), Uruguay (3 días), Ecuador (3 días), Paraguay (3 días), Chile (4 días), Argentina (3 días) y Venezuela (4 días). Sin embargo, en México es una prestación que no se encuentra establecida en la LFT; quedando a la buena fe del empleador otorgar unos días libres, y por supuesto, también pagarlos.
De acuerdo con lo aprobado por la Comisión, los días correspondientes al permiso de luto serán los inmediatos al deceso del familiar, y serán aplicables por el fallecimiento de padres, hijos, hermanos, persona cónyuge o concubina. En el dictamen avalado se indica que "la persona trabajadora deberá informar sobre el hecho y dispondrá de un plazo de quince días laborales para presentar copia del Acta de Defunción correspondiente ante su empleador".
Este es el tercer intento de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado en incorporar en la LFT el derecho a los permisos por luto, ya que desde el 2016 han puesto el proyecto sobre la mesa y éste no había podido avanzar. En la LXIV legislatura, la licencia de cinco días por luto también fue avalada en comisiones, e incluso el dictamen tuvo su primera lectura, pero su votación en el pleno no sucedió. Cinco años antes, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para incorporar esta prestación en la LFT por un periodo de tres días, pero el proyecto se estancó en el Senado.
¿Por qué expertos consideran necesaria esta reforma de ley necesaria? De acuerdo con Investigadores de la St. George's University of London, después del deceso de un familiar, el riesgo de sufrir un evento cardiovascular agudo derivado de la pérdida puede presentar hasta un mes después del evento. De igual manera, otros estudios han identificado una correlación entre la muerte de un ser querido y el incremento de la sensación de dolor, trastorno del sueño o hasta pérdida de peso. Está comprobado que el duelo tiene afectaciones en el estado de ánimo y salud mental y física de las personas, las cuales pueden impactar negativamente el desempeño laboral.
Por otra parte, las afectaciones por el deceso de un familiar o ser querido no siempre se manifiestan de manera inmediata, sino días posteriores al deceso. Es por ello que, el Servicio de Asesoría, Conciliación y Arbitraje del Reino Unido (“ACAS” por sus siglas en inglés), indica que el proceso de duelo pueda afectar negativamente el desempeño laboral e incluso la capacidad productiva en el mediano plazo.
Solo falta que el Senado de la República apruebe la reforma a la LFT, para que México forme parte de la lista de países con permiso de luto y los trabajadores mexicanos cuenten con este derecho.
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Contrataciones Inmediatas: Inconvenientes Legales de la Prisa
La búsqueda de empleo tiende a ser tediosa y poco productiva para quienes tienen una urgencia por encontrar trabajo. En muchas ocasiones, el solicitante no espera una respuesta inmediata, y mucho menos que la incorporación sea en pocos días, sino que se tiene la idea del proceso de selección es largo, pero ¿que el proceso de reclutamiento sea rápido tiene ventajas?
De acuerdo con el informe “The impact of hiring speed on talent acquisition”, elaborado por la consultora CareerBuilder, el 50% de los responsables del área de Recursos Humanos de las organizaciones ha adoptado prácticas de contratación más rápidas y eficaces en los últimos años. Jessica Cambray, coach de Empleabilidad de la consultora, explica al periódico “El Economista” que “la contratación rápida es algo que ocurre normalmente en puestos operativos o donde no se está solicitando tanta experiencia laboral. Digamos que encontrar un trabajo sin querer, es más como un golpe de suerte, pero también puede ser el resultado de por dónde nos estamos postulando”.
En ese contexto, Cambray añade que es importante asegurarse que no por ser una contratación rápida, se renuncie a condiciones laborales básicas. “El hecho de que una persona vaya, por ejemplo, a una ferretería o una tienda, y le ofrezcan un sueldo de ochocientos pesos por tiempo completo a la semana, no significa que renuncie a las condiciones básicas, sino que por el momento saben que eso es lo que está a su alcance”, señala.
Es una realidad, las prácticas de contratación han cambiado ferozmente, y de manera categórica. La Sociedad para la Gestión de Recursos Humanos (“SHRM” por sus siglas en inglés), en su estudio “Tendencias en la Contratación: Puntos de referencia y prácticas sobre el tiempo de ocupación” señala que el tiempo promedio para contratar a nuevo personal ha reducido en un 30% en los últimos cinco años, lo cual se basado en la implementación de técnicas de contratación aceleradas, y las nuevas tecnologías como inteligencia artificial al momento de la incorporación de nuevos empleados.
Una entrada prematura a una empresa implica probablemente que se desconozca el ambiente laboral, la cultura organizacional, los valores de ésta, así como los objetivos para el puesto solicitado, entre otros factores. Con lo anterior, Gerardo Macías, socio de DHR Global, recomienda a los postulantes investigar a detalle a las empresas a las que buscan entrar o enviar su CV, ya que muchas veces los postulantes ni siquiera conocen la esencia de la empresa. “Se tiene que investigar muy bien a la empresa, quién va a ser tu jefe. Es importante pedir que por lo menos te expliquen quién es el jefe de la vacante, cuál es su estilo de trabajo, cómo van a estar los horarios. Porque muchas veces te puedes meter a trabajar a una empresa o a un puesto que no te conviene” afirma Macías.
En el análisis “Panorama de contrataciones en América Latina para 2025” hecho por Computrabajo, se destacan los principales retos en el proceso de selección tanto para los reclutadores como para los candidatos. Para los reclutadores, en 2024 el mayor reto que atravesaron fue la escasez de talento, salarios poco competitivos, y que los candidatos que desaparecen a mitad del proceso. Para los candidatos, el principal problema de los procesos de selección es que éstos son demasiado largos o sin respuesta, y que las ofertas contienen salarios poco competitivos
Expertos recomiendan a los postulantes tener paciencia y ser muy selectivos, ya que muchas veces por la desesperación de no tener trabajo o querer salir de una empresa se postulan al primer puesto que ven disponible, sin en realidad saber si es el adecuado para ellos. Gerardo Macías afirma que “toman lo primero que se les presenta, hay que ser muy selectivo y sobre todo estar muy consciente de si es el paso adecuado para tu camino de carrera, igual y no te conviene”.
La conclusión más realista a lo que se vive en el mercado laboral hoy en día es que lo solicitantes deben de tener muy en claro que es lo buscan y si tienen las aptitudes necesarias para el puesto de trabajo, al igual que tener paciencia al momento de formar parte de un proceso de selección.
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5 escenarios con la reforma al Infonavit ¿Cómo cambia el panorama para trabajadores?
La reforma que el Congreso de la Unión aprobó al sistema de Infonavit trae cambios tanto en la organización y disposición de los fondos, cómo en el esquema de arrendamiento social y los cambios al acceso al propio sistema, entre ellos, el acceso a los créditos. Con esto, los cambios a la Ley del Infonavit y la Ley Federal del Trabajo (LFT) suman nuevos criterios, como la antigüedad o topes basados en salario, principalmente para el arrendamiento social.
En síntesis, podemos separarlo en 5 escenarios que serán incluidos en el nuevo formato:
1- Las rentas: El arrendamiento social es uno de los ejes de la reforma al Infonavit. El Instituto (además de construir vivienda) podrá ofrecer un esquema de renta para los trabajadores. El primer criterio para acceder al arrendamiento es cumplir un año de cotización continua al Infonavit. El saldo de la subcuenta de vivienda de los trabajadores podrá ser usado como garantía cuando renten un inmueble construido o administrado por el Instituto. Además, el pago del arrendamiento no podrá exceder del 30% del salario.
2- Los créditos: Uno de los cambios en el marco normativo, es que cuando se concluya el pago de un crédito, el Instituto deberá establecer “los actos jurídicos necesarios para la extinción de los gravámenes que se hubieran constituido sobre las viviendas financiadas con los créditos que hubiere otorgado, haciéndose constar en instrumentos privados e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad que corresponda”. El Infonavit quedará exento del pago “de cualquier contribución por tal concepto o por la obtención de constancias registrales o equivalentes para el ejercicio de sus funciones”.
3- Adquisición de suelo para construcción: Desde el 2020 una reforma a la Ley del Infonavit abrió la puerta al otorgamiento de créditos para la adquisición de terrenos para la construcción de vivienda. Con los cambios de este año, las reglas para el acceso a este tipo de créditos deben considerar el tiempo de cotización de la persona trabajadora, priorizando a las personas con al menos 10 años de cotización e incorporando criterios de perspectiva de género.
4- Saldos y su actualización: Otro cambio importante con la reforma al Infonavit es que se prohíbe la actualización del saldo, el pago por concepto de amortización o los accesorios de los créditos otorgados para la compra de terrenos o remodelación de vivienda. Lo que sí se conserva, es la actualización de los intereses sobre el saldo ajustado del crédito, la tasa seguirá siendo determinada por el Consejo de Administración del Instituto.
5- Pensiones y pagos: Entre los ajustes realizados al marco normativo se encuentra una disposición para que cuando las personas adquieran un crédito posterior a recibir una pensión, ya sea por incapacidad parcial, permanente hasta del 50% o por invalidez definitiva, “la incapacidad o el estado de invalidez por ningún motivo dará derecho a liberar la obligación de cubrir dicho crédito”. Por otra parte, se mantiene la prórroga sin causa de intereses para el pago del adeudo, los gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto, para las personas con una incapacidad permanente del 50% o más o con invalidez definitiva. Esta prórroga es aplicable siempre y cuando no exista una nueva relación laboral en un periodo de dos años.
Las conclusiones de la reforma al sistema Infonavit en el Congreso mexicano incluyen estos escenarios para evitar con esto que el propio sistema esté en peligro ante los fondos que se incluyen anualmente, cómo también los derechos y obligaciones de los contribuyentes que pertenezcan al sistema y tengan créditos con Infonavit. Ahora, está por verse si las actualizaciones de la reforma serán o no efectivas.
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Y ahí va de nuevo: Diputados insisten con reforma para reducir jornada laboral
Idas, vueltas, y ahí va todo otra vez. La reducción del horario en la jornada laboral se mantiene en el interés de los legisladores en San Lázaro, luego de que el año pasado muchas veces se insinuó un cambio en la Ley Federal del Trabajo al respecto de las jornadas. Hoy, con el arranque del nuevo periodo de sesiones, se presentó en la Cámara de Diputados una nueva propuesta de reforma constitucional para disminuir el tiempo de trabajo, con el que se acumulan cinco proyectos en el mismo sentido.
Sin embargo, no todo es tan similar. La nueva propuesta, a diferencia de proyectos anteriores, sólo se enfoca en trabajadores del sector privado, pero plantea un periodo de transición de un año, un aspecto que ha caracterizado a la mayoría de los últimos cambios legislativos. Adicional a la entrada en vigor, que sería un año después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la iniciativa otorga seis meses de plazo al Congreso de la Unión y a los estados para adecuar las legislaciones secundarias.
“Un aspecto que resulta vital en el equilibro laboral y personal es el número de horas que una persona trabaja. La evidencia sugiere que un horario de trabajo largo puede resultar perjudicial para la salud personal. Sólo para dar un ejemplo, hay un aumento significativo en el nivel de estrés, así como en la ansiedad, además de problemas con hipertensión arterial”, afirmaron legisladores al medio El Economista.
Sin embargo, el objetivo original no cambia: reconocer dos días de descanso por cada cinco de trabajo, esto implica una reducción de 48 a 40 horas en el límite legal de horas laborales por semana. En lo que han diferido las iniciativas es en las rutas para alcanzar la meta, esto es lo que se ha planteado:
- Entrada en vigor en 365 días naturales y un plazo adicional de seis meses para que el Congreso de la Unión armonice las legislaciones secundarias;
- Implementación con plazos diferenciados por tamaño de empresas, tres años y medio para micronegocios, dos años para centros de trabajo pequeños, año y medio para empresas medianas y seis meses para grandes compañías; y la
- Creación de programa piloto de un año coordinado por las Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y Economía (SE), para recabar información y evaluar la productividad, y posteriormente otorgar a la autoridad laboral 180 días para convocar a mesas de trabajo con el objetivo de definir una transición gradual.
La reducción de la jornada laboral no es un tema nuevo en México, en abril del 2023 la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen de reforma constitucional para establecer dos días de descanso por cada cinco de trabajo, una propuesta impulsada por Susana Prieto Terrazas, diputada de Morena en ese momento. Pero hay que destacar que la transición gradual no es una ocurrencia del sector privado.
Desde hace poco más de 60 años la Organización Internacional del Trabajo (OIT) emitió la Recomendación 116, un instrumento para reducir idealmente la jornada laboral a 40 horas, entre las claves que plantea el organismo es la protección al salario y la progresividad, misma que puede ser “en el tiempo, por rama o sector, o cualquier otra fórmula más apropiada a las condiciones del país”.
Por ahora, el discutido tema parece por fin haber obtenido relevancia en San Lázaro. ¿Será que esta vez sea la vencida?