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Diseños Industriales

Por contacto@fourwell.mx
15 Feb, 2021

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define a un diseño industrial como el aspecto ornamental o estético de un artículo que puede consistir en rasgos tridimensionales o en rasgos bidimensionales.

 

Un registro de diseño industrial es un derecho exclusivo de explotación a la persona que realiza un diseño industrial y/o al titular de este; es decir, al inventor/diseñador o titular del mismo.

 

Los diseños industriales pueden ser:

1. Dibujos industriales: que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio;

2. Los modelos industriales: constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos.

 

Asimismo, los diseños industriales se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía: desde envases y contenedores hasta mobiliario y enseres domésticos, equipos de iluminación y joyas, pasando por aparatos electrónicos y textiles. Los diseños industriales también pueden servir para símbolos gráficos e interfaces gráficas de usuario, así como logotipos.

 

El dibujo industrial sujeto a registro debe de contar con ciertas características para ser candidato a obtener el registro de manera satisfactoria: i) debe ser nuevo a nivel mundial, ii) puede ser similar, pero no idéntico, a un dibujo existente, y iii) deberá contar con elementos diferenciadores suficientes.

 

 

Ahora bien, el registro del dibujo industrial tendrá́ una vigencia de 5 (cinco) años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá́ ser renovado por periodos iguales hasta un máximo de 25 (veinticinco) años, sujeto al pago de las tarifas correspondientes.

 

En conclusión, es necesario registrar los diseños industriales debido a que, en principio, el titular de un diseño industrial registrado o de una patente de diseño está facultado a impedir que terceros fabriquen, vendan o importen artículos que ostenten o incorporen un dibujo o modelo que sea una copia, o fundamentalmente una copia, del dibujo o modelo protegido, cuando esos actos se realicen con fines comerciales.